Reducción de honorarios al hacer enmiendas en la ley Notarial

Si nos remontamos a los meses del principio de este año podemos recordar que nuestro Gobernador se comprometió en reducir los honorarios de los abogados.

Durante el cuatrienio pasado nuestra legislatura enmendó la ley notarial para que fuera fija en un 1% del precio de venta sin reducción posible y de no cobrarse tenía que ser porque era una transacción no recurrente.

Siempre celebré que los notarios cobrasen mas dinero ya que siempre reconocí la labor que llevaban a cabo y las injusticias del pasado al casi regalar su trabajo el cual es de suma importancia su exactitud ya que es lo que nos otorga nuestro titulo de la propiedad en orden o cualquier documento necesario que solamente puede otorgar un notario; máxime que en el registro de propiedades siempre está la calificación y el despacho de los documentos 5, 10 o más años acumalado, creando una sin números de situaciones adversas en casos de errores (errar es de humanos ) lo cual hace a los notarios responsable de los documentos registrados de por vida.

Los notarios se responsabilizan, por decirlo así, de los documentos que estén antes de los de ellos que estén pendientes de calificación y despacho, ya que si tienen errores afectan los de ellos y antes de crear un nuevo documento para registrarse, exigen que el anterior se corrija y así se evita el rechazo de documentos y pérdida del tracto registral (nombre de los titulares de la propiedad) al estar incorrectos.

Las enmiendas aprobadas son las siguientes:

1. Se aumenta el valor del negocio jurídico de $10,000 hasta $5millones (antes era hasta $500,000).

2. Se podrá negociar los aranceles notariales entre las partes sea vendedor o comprador hasta los $5millones pero nunca será mayor del 1% o menor del .5% o $250.00 el que sea menor.

3. Se elimina el de fijar el 1% y se puede negociar siempre y cuando no sea menor al .5%

4. Si la escritura o documento jurídico excede los $5 millones se cobrará los aranceles como antes indicados y el exceso a ser negociable.

5. Los honorarios por cancelación de hipoteca serán negociados entre las partes pero nunca menor al .5% de la cantidad establecida como hipoteca original hasta los cinco millones y el exceso de esto será negociado entre las partes siempre y cuando no sea menor a $250.00 dólares.

6. Documentos públicos como escrituras de compraventa, hipoteca y cancelación en una misma transacción de Nueva Construcción y o Refinanciamiento, otorgado por el mismo notario se cobrara los honorarios acordados entre las partes pero la suma nunca será mayor del 1% del documento público de mayor cantidad por todos los documentos públicos otorgados en la transacción.

7. Referente a las compraventas o transacciones de Interés Social serán acordados entre las partes pero nunca será menor a .25% o $250.00 lo que sea menor (antes era .5%). Cuando dentro de estas transacciones haya dos o más documentos públicos otorgados sobre una misma vivienda de interés social, los honorarios nunca serán mayor al 1% del valor total de la vivienda. Se excluye de esto al financiamiento o refinanciamiento por préstamos otorgados de FHA, Veteranos o Reverse Mortgage.

8. Todo notario que otorgue un documento público sin cobrar el mismo, deberá hacer un informe mensual.

Todos estos cambios advienen a que el alza en el pago de los honorarios de los abogados ocurre en una época en la cual ya la economía estaba seriamente afectada, septiembre de 2008.

A lo que debemos estar al tanto es que no se vuelva a incurrir en la falta de pretender que los notarios regalen prácticamente su trabajo, Trabajo de suma importancia ya que protege el que todos tengamos un titulo inscribible en el registro de propiedad.

Toda escritura de compraventa será preparada por el notario que escoja el comprador y los notariales los pagara el vendedor, a menos que las partes acuerden entre si algo distinto.

Toda escritura de hipoteca y de cancelación de gravamen (deuda) será otorgado por el notario que escoja el Banco Hipotecario y los notariales de la nueva hipoteca será pagado por el comprador, cualquier cancelación de gravamen será por cuenta del vendedor, a menos que las partes acuerden el pago de los gastos notariales de otra manera.

Hubiese preferido ver unas enmiendas que no hubiese afectado tanto el cobro de los notariales en vivienda nueva y refinanciamiento, ya que tengo en alto valor la labor encomiable que llevan a cabo los notarios y personalmente creo que donde más asistencia hay que dar son en las de interés social, personas con ingresos sumamente limitados que necesitan de toda la ayuda que se le pueda brindar.

Es el momento de adquirir una propiedad, los precios se han reducidos, las tasa de interés está en su mejor momento y los gastos se han reducido. La compra de una propiedad es la mejor inversión que se debe hacer, por lo tanto, use un Realtor o Corredor de Bienes Raíces debidamente licenciado que lo aconsejara y protegerá sus mejores intereses. Para más información me pueden contactar electrónicamente Tiri.giselacastro@gmail.com o llamar al (787) 789-0000, (787) 249-2199